domingo, 25 de julio de 2010

Los comienzos - 3

Decreto ordenando los estudios
Ministerio de Obras Públicas.
La Plata, Agosto 26 de 1902
CONSIDERANDO:
1º Que uno de los principales factores para el desenvolvimiento comercial de las industrias y riquezas naturales de un país es la facilidad y baratura de los transportes;
2º Que, en la provincia, muchas industrias no prosperan y se implantan por no poder soportar las tarifas de los ferrocarriles;
3º Que la mayoría de los productos agropecuarios, así como los de las riquezas naturales, pueden, sin perjuicios, soportar ser movidos sin la rapidez que proporcionan los ferrocarriles;
4º Que la navegación por canales naturales o artificiales explotable económicamente es la solución indicada para reducir considerablemente los fletes;
5º Que existiendo en el territorio de la provincia grandes ríos y arroyos, hasta el presente no se han hecho estudios que lleven al resultado de saber, de una manera concluyente, si es o no posible establecer la navegación, utilizando en una u otra forma, esos cursos naturales;
6º Que es un deber de los poderes públicos realizar esos estudios, pues con ellos, y según sus resultados, se propende a despertar iniciativas benéficas para los intereses generales, que de otra manera no prosperan en general;
7º Que es conveniente iniciar esos estudios en los parajes que, técnica y comercialmente, se presenten como más favorables para resolver el problema de la navegación y explotación de un canal;
8º Que si bien es cierto que el Poder Ejecutivo ha dictado con anterioridad resoluciones tendientes al mismo fin, hasta el presente no se han llevado a cabo estudios determinados.
Por estas consideraciones, el Poder Ejecutivo
DECRETA:
Art 1º Por el Departamento de Ingenieros se procederá inmediatamente a practicar:
1º El estudio del río Arrecifes, desde su desembocadura en el pueblo de Baradero, hasta el lugar denominado Mar Chiquita, en el partido de Junín, proyectando las obras a efecto de utilizarlo para la navegación.
2º El estudio de un canal con el mismo fin, aprovechando las aguas del referido río y sus afluentes.
3º Igualmente se procederá a practicar el estudio de un canal de navegación, que arrancando de las proximidades del puerto La Plata, por su costado sudeste, llegue al pueblo de Olavarría, pasando por San Vicente, siga en dirección a Cañuelas, General Alvear y Tapalqué.
4º El estudio financiero de la explotación de estas obras.
Art 2º Por el Ministerio de Obras Públicas se establecerá el programa a que se sujetarán los trabajos para obtener los resultados que se desean.
Art3º Asígnase al Departamento de Ingenieros para los gastos de campaña y personal necesario, la suma mensual de pesos 2900 moneda nacional para el estudio del río Arrecifes y canales; la de pesos 2100 moneda nacional, también mensual, para el estudio del canal del puerto La Plata a Olavarría; y, por una sola vez, la suma de pesos 3000 moneda nacional para ambos estudios, con destino a compras de instrumentos, carpas, herramientas, etc., etc. Estas cantidades serán tomadas de las ordenadas entregar al Departamento de Ingenieros, con el mismo fin, por decreto de Febrero 5 de 1902.
Art 4º Mensualmente el Departamento dará cuenta del estado de los trabajos que se le encomiendan por el presente.
Art 5º Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
UGARTE
ANGEL ETCHEVERRY

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